Cómo será el nuevo procedimiento por desequilibrios macroeconómicos de la UE

Hasta ahora la vigilancia de la Comisión se limitaba principalmente al control del déficit de los Estados miembros. Sin embargo, a partir de ahora esta vigilancia se extenderá a todo tipo de desequilibrios macroeconómicos, como aquellos causantes de pérdidas de competitividad o de burbujas de activos. Se prevé que el nuevo Procedimiento de Desequilibrio Macroeconómicos sea un protocolo de alertas tempranas y podría acarrear en última instancia sanciones para los países que incumplan las recomendaciones de Bruselas, aunque tales sanciones serían discutidas en el seno de las más altas instituciones europeas y deberían ser aprobadas también por el método de la mayoría inversa.

Dicho lo cual, se espera crear un mecanismo de alerta basado en un “marcador” que recoja varios indicadores económicos (aún por determinar), para el seguimiento y la evaluación de los desequilibrios y vulnerabilidades en un ejercicio de supervisión preventiva a nivel nacional y con coordinación internacional. Vamos, todo bastante complicado.

En caso de que las políticas de un Estado miembro no respondan a las orientaciones generales de política económica expuestas en el Semestre Europeo o en caso de que estas políticas puedan amenazar el correcto funcionamiento de la UE la Comisión tendrá la opción de activar un mecanismo similar al del PDE, aquí descrito, que en este caso se llamará EIP, y estará supeditado a un mecanismo de alerta temprana.

Un país que se encuentre bajo el EIP tendrá que presentar acciones correctivas bajo la supervisión del Consejo, quien a su vez podrá hacer al país que se encuentre en “una situación de desequilibrio excesivo” una recomendación para que corrija los desequilibrios. A continuación, se llevaría a cabo un mayor seguimiento de la corrección de esos desequilibrios por parte de las instituciones europeas y en última instancia se aplicarían sanciones en caso de incumplimiento repetido. La sanción propuesta por la Comisión en caso de incumplimiento repetido del EIP por parte de algún país equivaldrán al 0,1% del PIB de dicho Estado miembro y se llevará a cabo automáticamente salvo que la votación por mayoría inversa resulte contraria a tal sanción.

Las críticas a este nuevo procedimiento de desequilibrios señalan que los indicadores generalmente se ven afectados por el ciclo económico y en ocasiones la interpretación de los datos puede ser ambigua cuando el ciclo resulta ser muy largo. Además, parece que será difícil identificar cuándo un EIP deberá ser abierto, cuántos indicadores deberán de superar la barrera crítica, dónde se situará esa barrera y a qué indicadores se le dará más importancia sobre el resto.

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